El pasado 10 de enero, el Gobierno de España estableció el uso obligatorio de mascarilla en hospitales y centros de salud. En este artículo especificamos los casos concretos donde se debe utilizar y las excepciones.

A raíz del aumento de casos de virus respiratorios, el Gobierno de España acordó con las comunidades autónomas decretar la obligatoriedad de las mascarillas en hospitales y centros de salud. Pilar Alegría, portavoz del Gobierno, afirma que “lo importante es evitar las tensiones y los colapsos y devolver la normalidad frente a un pico de gripe que se prevé que llegue en una o dos semanas”.

Si bien el acuerdo no ha sido homogéneo con todas las comunidades, se establece la medida en todo el país. ¿Dónde es obligatorio utilizar la mascarilla? En todos los centros de salud y hospitales españoles. ¿Qué lugares han quedado exentos de la medida? Las residencias y las farmacias. En ellas no será obligatorio el uso de la mascarilla, si bien, estaban en un principio en la propuesta de Sanidad.

En lo que conlleva a Andalucía, el gobierno autonómico votó en contra del documento propuesto por el Ministerio. Inciden en la recomendación de la mascarilla en los centros sanitarios y sociosanitarios tras la evaluación continua de la situación epidemiológica en Andalucía por parte de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, pese a que el Ministerio apuesta por que sea obligatoria.

En resumidas cuentas, la mascarilla es obligatoria en centros de salud y hospitales, pero no en farmacias, residencias y demás lugares. Si bien, los expertos recomiendan precaución y el uso de la mascarilla en caso de contar con síntomas de virus respiratorio.

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