La Ley por el Derecho a la Vivienda, en vigor desde el pasado 26 de mayo de 2023, fue introducida con el objetivo de regular e incentivar el mercado del alquiler residencial en nuestro país, a través de una serie de cambios de gran calado.
Esta ley, entre muchas de las novedades que contiene, ofrece también estímulos tributarios para aquellos que decidan alquilar su vivienda. La ley disminuye del 60% al 50% la deducción de carácter general en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) aplicada a los ingresos recibidos por el arrendamiento del inmueble. No obstante, existe la opción a reducciones de hasta el 90%, 70% y 60% en ciertos casos.
Se puede obtener una reducción del 90% en el IRPF como arrendador de un inmueble que se encuentre ubicado en zonas de mercado tensionadas, que son aquellas donde el coste del alquiler supera el 30% de la renta media de los hogares del área, o aquellas en la que su precio haya aumentado más del 3% por encima del IPC en los últimos 5 años. Para obtener esta mayor bonificación, el precio del alquiler debe bajar al menos un 5% respecto a la renta del contrato anterior, tras aplicar la cláusula de actualización anual.
Para obtener una reducción del 70% en el IRPF, deben validarse una de las siguientes circunstancias:
- Si se alquila por primera vez una vivienda en zona residencial tensionada y el inquilino tiene entre 18 y 35 años.
- Si el inquilino es una entidad pública u organización sin ánimo de lucro, con una renta mensual inferior a la establecida en el programa de ayudas del Plan Estatal de Vivienda.
- Si en la vivienda alquilada viven personas en situación de vulnerabilidad económica.
Para beneficiarse de una reducción del 60% en el IRPF, se requiere haber llevado a cabo obras de reconstrucción o rehabilitación en el inmueble en los dos años previos a la firma del contrato de arrendamiento. El coste total deberá superar el 25% del precio de adquisición o del valor del mercado de la propiedad para poder obtenerla.
En caso de no cumplir con los criterios para las tres deducciones mencionadas, se tiene derecho a una reducción del 50%. Como mencionamos en el segundo párrafo, esta ha sido reducida del 60% al 50% con la entrada de la Ley de Vivienda. Aclarar también que Dichas deducciones no se aplicarán a las regularizaciones de ingresos o si la Agencia Tributaria inicia un procedimiento de verificación de datos, comprobación limitada o inspección para comprobar tus rendimientos. Tampoco serán válidas si el precio del alquiler de la vivienda situada en una zona tensionada incumple lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Ante el alquiler de una vivienda, aconsejamos a todo propietario la contratación de un seguro de alquiler. En Montepío contamos con nuestro seguro de Alquiler 100. Este le presta al arrendador la defensa jurídica de sus derechos e intereses en relación con la vivienda alquilada, y le evita de los gastos y perjuicios económicos derivados del impago de la renta por parte del inquilino, así como varios perjuicios materiales que éste pueda causar.